Según la iniciativa, la compañía que cumpla su meta de emisiones podrá vender los permisos a aquellas que los necesiten para lograr su objetivo y evitar la penalización.
La “ley ómnibus” también dedica un capítulo a la transición energética, en el que trae la novedad de una herramienta que no existía en Argentina, pero sí en otros lugares, como en Europa. Crea lo que se conoce como mercados de carbono, donde el Gobierno les da a las empresas un tope de emisiones, y quienes lo cumplan, podrán venderlo a otras compañías que necesiten lograr su objetivo y evitar penalizaciones. La información se encuentra en los artículos 294, 295, 296, 297 y 298.
Allí se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a asignar derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) a cada sector de la economía, compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país para 2030.
La diferencia entre la “ley ómnibus” original y el texto que será tratado finalmente en el Congreso es que se suma a las provincias en el diseño. Así quedó establecido en la ley: “El diseño del modo de asignación de derechos de emisión incluirá reuniones técnicas con representantes de los distintos sectores de la órbita pública nacional y provincial, y privada; así como representantes de la academia y de organizaciones civiles vinculadas con la temática”. De todos modos, aclara: “Las propuestas y opiniones no serán legalmente vinculantes”.
Fuente: Editorial RN/Nuevas Energías