Los techos de facturación para las distintas categorías del régimen también experimentarán ese incremento.
Aunque la magnitud de la actualización en el gravamen y sus escalas para 2020 todavía no fue informada de manera oficial por la Afip, los datos oficiales necesarios para calcular los nuevos valores ya fueron publicados, lo que permite estimar el incremento que experimentarán los montos máximos de facturación y los importes del impuesto. Las nuevas cifras regirán durante todo 2020.
La facturación anual máxima de los pequeños contribuyentes que se encuentran en la categoría más baja pasará de $138.127,99 a $208.573,26 pesos anuales. El incremento del 51,1% también alcanzará a los distintos componentes del gravamen que deben abonar mensualmente los contribuyentes.
La parte impositiva pasará de $111,81 a $168,95 pesos, los aportes al sistema previsional aumentarán de $493,31 a $745,39 y el pago destinado al sistema de salud subirá de $689 a $1041,07 (ese ítem es el mismo para todas las categorías).
Así, la suma mensual total de la categoría A pasará de $1294,12 a $1955,41 a partir del año próximo. En muchos de casos el único componente que se abona es el impositivo ya que se trata de trabajadores que ya aportan al sistema jubilatorio y una obra social a través de otro empleo.
Los contribuyentes que se ubican en las categorías B y C experimentarán un incremento en la facturación máxima hasta los $313.067,08 y $417.422,78 anuales, respectivamente.
En el primer caso, donde el monto representa alrededor de $34.800 pesos mensuales, el componente impositivo del régimen ascenderá a $325,49 y los aportes jubilatorios llegarán a los $819,93, en ambos casos las cifras son mensuales. Cuando se suma el ítem referido al sistema de salud de $1041,07 el impuesto que deberán integrar cada mes el contribuyente alcanza los $2186,49 pesos. Aquellos individuos en la categoría C pasarán a tributar mensualmente $556,57 en concepto del impuesto integrado si su actividad es de servicios, $4901,93 de aporte jubilatorio y los $1041,07 destinados a la salud para alcanzar un total de $2499,57 por mes.
Cuando se oficialice la nueva tabla de valores que regirá a partir de enero, los contribuyentes deberán determinar si corresponde avanzar con el trámite de recategorización que deberá realizarse durante ese mismo mes. Otra variable que se modificará es el valor de los alquileres devengados en un año, en el caso de inmuebles que se ocupan para desarrollar la actividad económica: el tope, vigente para las categorías más altas, será de $313.067.
Fuente: El Ciudadano/Agenda Abierta