El objetivo de la iniciativa sería “elevar la calidad del Parlamento” según su creador, Álvaro Martínez
Un nuevo proyecto de ley del diputado libertario Álvaro Martínez buscaría que aquellos que ocupen cargos electivos nacionales no puedan postularse ni ejercer a menos que tengan los estudios secundarios completos. La iniciativa es acompañada por la firma de otros doce diputados.
El objetivo sería la modificación del artículo 33 de la Ley Orgánica de los partidos políticos, que establece quiénes no pueden ser precandidatos a elecciones primarias, candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos nacionales o cargos partidarios. Martínez busca directamente exigir dichos estudios mínimos a todos.
El legislador nacional de Mendoza busca “elevar la calidad del Parlamento” para quienes integren ambas cámaras a través de la implementación de un Régimen de Formación Básica y Permanente de Legisladores Nacionales. Los diputados y senadores estarían obligados a realizar una capacitación dictada por el Congreso de la Nación que incluiría materias sobre el funcionamiento de los órganos del Estado.
“Es necesario que quienes integren ambas cámaras tengan, al menos, sus estudios secundarios completos y una formación sólida que les permita comprender las implicancias de cada ley y sus decisiones”, explicó Martínez. En el proyecto lo acompañaron once diputados de La Libertad Avanza: Lorena Villaverde, Nicolás Mayoraz, Beltran Benedit, Facundo Correa Llano, Manuel Quintar, César Treffinger, Julio Moreno, María Emilia Orozco, Gerardo Huesen y Alida Ferreira. Además, por Creo, firmó Paula Omodeo.
Un proyecto similar en la Legislatura porteña
En marzo de este año, el legislador Yamil Santoro presentó un proyecto en la Legislatura porteña para modificar el Código Electoral de la ciudad y pedir el secundario completo. “Las ofertas son variadas y disponibles, y quien quiera representar a sus conciudadanos en la Legislatura, como candidato a Jefe de Gobierno, o en la Junta Comunal, debería hacer este esfuerzo básico de completar la escuela secundaria, no sólo para dar cumplimiento a lo que establece la legislación vigente, sino también como señal de respeto y compromiso con la labor que quiere desempeñar, mucho más en este país que supo ser reconocido por su nivel educativo”, había dicho Santoro en su momento.
La iniciativa se publicó unas semanas después del cruce entre la diputada nacional Natalia Zaracho y la canciller Diana Mondino. La legisladora de Unión por la Patria cruzó a un periodista que la había llamado “el fracaso de Argentina”. “Fracaso es ser un lamebotas de Milei. Tengo convicciones y las defiendo, no como vos que sos un militante del ajuste y no lo admitís. Capaz eso es lo que te molesta, payaso”, escribió en X.
Mondino ingresó en la discusión y apuntó contra Zaracho por no tener el secundario terminado: “El problema no es que tengas o no convicciones, el problema es que legislas sin tener secundario. Encima como agravante, viviste prácticamente toda tu vida durante el kirchnerismo. Sos la evidencia empírica del absoluto fracaso que fue el curro del estado presente”.
Quiénes no pueden presentarse como candidatos según la ley vigente
- Los excluidos del padrón electoral por disposiciones legales vigentes.
- El personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas de la Nación en actividad o en situación de retiro, cuando hayan sido llamados a prestar servicios.
- El personal superior y subalterno de las fuerzas de seguridad de la Nación y de las provincias, en actividad o retirados llamados a prestar servicios.
- Los magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tribunales de faltas municipales.
- Los que estén cargos directivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación, provincias, Ciudad de Buenos Aires, municipalidades o entidades autárquicas o descentralizadas o de empresas que exploten juegos de azar.
- Las personas con auto de procesamiento por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, hechos de represión ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos, torturas, desaparición forzada de personas, apropiación de niños y otras violaciones graves de derechos humanos o cuyas conductas criminales se encuentren prescriptas en el Estatuto de Roma como crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional, por hechos acaecidos entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.
- Las personas condenadas por los crímenes descriptos en el inciso anterior aun cuando la resolución judicial no fuere susceptible de ejecución.
LA NACION