QUÉ EFECTOS TENDRÁ LA JUDICIALIZACIÓN DE GANANCIAS: ADVIERTEN POR LLUVIA DE DEMANDAS

Desde la oposición ya adelantaron que acudirán a los tribunales luego de la aprobación en Diputados del apartado que reinstala la cuarta categoría. Los efectos que puede tener sobre su aplicación y los planes del Gobierno para aumentar los recursos federales

Mientras la Ley Bases sigue despertando cruces entre los juristas y los legisladores, el Gobierno nacional aprobó este viernes por la madrugada en Diputados el capítulo de Ganancias y Bienes personales que fue rechazado por el Senado.

Sin embargo, desde la oposición ya anunciaron que judicializarán la vuelta del impuesto a los trabajadores de la cuarta categoría por haber sido “aprobado sólo por una de las dos Cámaras”: ¿Qué pasará si el impuesto es judicializado? ¿Se cobra igual? ¿Se mantiene el anterior? 

La reforma de Ganancias se va a judicializar. Para reintroducir a Ganancias en el debate tuvieron que hacer una interpretación absolutamente forzada del artículo 81 de la Constitución”, advirtió esta semana en declaraciones radiales el jefe de bloque de Unión por la Patria (UP) Germán Martínez

Asimismo, el diputado nacional de Unión por la Patria y líder de La Bancaria Sergio Palazzo se hizo eco de estas palabras en representación de su actividad sindical. Este jueves, advirtió que ya son muchos los gremios que alistan sus presentaciones ante la Justicia.

“En representación de la organización sindical que me toca conducir, también estamos trabajando con los abogados para presentar esa inconstitucionalidad”, informó. Y agregó que “hay muchas organizaciones sindicales que están preparando sus estudios jurídicos para hacer los juicios correspondientes”.

“(La Justicia) Ya falló cuando fue el tema del DNU en el tema de la reforma laboral. Ojalá mantengan ese criterio de cuidar a los trabajadores, porque además cuidan la institucionalidad en la Argentina”, afirmó.

El debate que lleva semanas en el ojo público y finalizó este viernes por la madrugada tras su último paso del Senado a Diputados, se centra en el artículo 81 de la Constitución Nacional (CN) que regula estas circunstancias.

El artículo 81 de la Carta Magna establece que “ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año”. Asimismo, agrega que ninguna de las cámaras puede desechar totalmente un proyecto que hubiera tenido origen en ella y luego hubiese sido adicionado o enmendado por la Cámara revisora (Senado).

La Cámara de origen podrá, por mayoría absoluta de los presentes, aprobar el proyecto con las adiciones o correcciones introducidas o insistir en la redacción originaria, a menos que las adiciones o correcciones las haya realizado la revisora por dos terceras partes de los presentes.

De tal manera, el oficialismo ya había logrado este martes en comisiones -en acuerdo con la oposición dialoguista- la insistencia sobre la redacción original de la reforma de Ganancias.

Así, tras el debate de este jueves en Diputados, se aprobó la vuelta del esquema de Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones, que llevaría a que lo paguen los solteros a partir de $ 1,8 millones y los casados con dos hijos desde $ 2,3 millones brutos. 

Qué dicen los expertos sobre la judicialización de Ganancias 

El abogado constitucionalista y profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la UBA, Félix Lonigro, opinó que el rechazo de Ganancias en el Senado “no deja de ser una modificación”. Esto implicaría que Diputados tiene derecho a insistir con la redacción original del artículo. 

“La Cámara (de Diputados) puede insistir con el proyecto original, agregando esos capítulos eliminados”, aseguró en diálogo con El Cronista. 

En cuanto a qué pasaría con la judicialización de este punto y cuáles serían los plazos de la Justicia para tratar dicho recurso, el abogado sentenció “el esquema actual seguirá vigente hasta que la Justicia se pronuncie”. 

“Seguirá vigente el esquema que se apruebe hoy hasta que la Justicia se pronuncie sobre la eventual inconstitucionalidad de la ley”, explicó. Esto sería poner fin a la última reforma implementada durante la gestión de Alberto Fernández con Sergio Massa como ministro de Economía, cuando se eliminó la cuarta categoría.

En este sentido, Lonigro aseguró que una resolución por parte de la Justicia “podría demorar mucho tiempo” porque “esa eventual declaración de inconstitucionalidad debería quedar firme, y para eso tendría que intervenir la Corte Suprema de Justicia en última instancia”. 

A su turno, el abogado y presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional Daniel Sabsay aseguró que “desde el punto de vista constitucional se puede judicializar Ganancias” ya que “el salario es algo alimentario, no se puede gravar, es lógico que se va a judicializar”, indicó el abogado en referencia a la inconstitucionalidad, no del procedimiento legislativo, sino del impuesto en sí mismo. 

En este sentido, el catedrático opinó que para que se suspenda la aplicación del impuesto a las Ganancias, la Corte debería hacer lugar a un recurso extraordinario.  De no hacer lugar a este recurso extraordinario, no se suspendería la aplicación hasta que no se llegara a la declaración de inconstitucionalidad final en la Corte. 

Sabsay estimó que, antes de intervenir, el Tribunal Máximo de la Argentina espera que “la política resuelva”.  “Es muy difícil que lo resuelvan, están como perros y gatos, está afectada la seguridad jurídica de la Argentina”, concluyó. 

El Cronista


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