EL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR APROBÓ DOS RESOLUCIONES SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

● Se trata de la Resolución 36/19 Defensa del Consumidor – Principios Fundamentales y la Resolución 37/19 Defensa del Consumidor – Protección al Consumidor en el Comercio Electrónico.

● Las mismas fueron aprobadas durante la última Cumbre del Mercosur, realizada en Santa Fe durante los días 15, 16 y 17 de julio.

Buenos Aires, 29 de julio de 2019. – La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, dependiente de la Secretaría de Comercio Interior, comunicó la aprobación de dos Resoluciones sobre los derechos de los consumidores por parte del Grupo Mercado Común del Mercosur, durante la última Cumbre de Jefes de Estado del Mercosur y Estados Asociados, realizada en la provincia de Santa Fe los días 15, 16 y 17 de julio.

El evento, realizado durante la presidencia pro tempore del Mercosur por parte de la República Argentina, abordó, entre otros temas, los puntos principales del acuerdo con la Unión Europea y el incremento del intercambio comercial con Asia. Asimismo, el Grupo Mercado Común, el órgano ejecutivo del Mercosur, aprobó dos documentos que impulsan acciones en el marco de la protección de los derechos del consumidor en todos los países del bloque.

La Resolución N°36/19 establece 14 principios fundamentales para actualizar los sistemas de protección al consumidor de los Estados Miembros; entre ellos, el Principio de consumo sustentable y el Principio antidiscriminatorio.

La Resolución N°37/19 aborda en su articulado la protección al consumidor en el comercio electrónico; estableciendo, entre otros aspectos, la información obligatoria que los proveedores deben poner a disposición de los consumidores en su sitio web, previo a la formalización del contrato, y la obligación de éstos de adoptar mecanismos de resolución de controversias en línea ágiles, justos, transparentes, accesibles y de bajo costo.

Ambas Resoluciones se encuentran en línea con la moderna legislación de la Unión Europea, la ONU y la OCDE, las cuales fueron tenidas en cuenta para su elaboración.

Con el fin de armonizar legislaciones en el ámbito del Mercosur, estos documentos deberán ser incorporadas en el ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15 de enero de 2020.

argentina.gob,ar

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